N#3573

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4 August 2026 1.52 pm
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4 August 2026 1.52 pm

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fernando diaz deaguilar andantes encorte desumag. cathca Ausentes bienasi como sipresentesestubiesen A Ambos ados juntamente y acada uno y qualquier dellos porsi solo Exnsolidum Y aquien ensulugarsostituyeren y sostituyr quisieren Especial y espressamente paraque por y en nombre del dho constituyente y como el mismo lo representando enellos upropia persona Puedan yquer dellos pedir y de mandar cobrar anes y rescebir desu mag. cathca y de suseñoria el marquez de poza presidente del Consejo de hacienda desudda magd. cathca y delos tesoreros pagadores ministros officiales E personay personas q por su mag. cathca q suseñoria del marquez de Poza cumpliere y lo obiere de dar y pagar los onse mill cienttos treyntay ocho ducados dos sueldos y tres dineros de oro de a trechentos y setentay cinco maravedis cada uno contenidos enla dda Letra de cambio desu A. El sermo. señor Archiduque Alberto: E para lo delo q asicobraren y rescebieren puedan dar y otorgar y asi firmar los finiquitos y Contenidos E cartas cartas de pago E fin y quito y todos los otros resguardos y descargos q necessarios seany pedir los les fueren Esquales valgan y sean tan firmes bastantes y valederos como sieldo Constituyente los firmasse diera y otorgasse E asifirmasse enpersona, E asi senaladamente otrosi para acetar Erecebir en nombre del dho Constituyente y para el Ehaberen cabecar sobre el y en su cabeca y persona qualesquer Juro E Juros censos y censos assi perpetuos como de por vida o otros qualesquer titulos de renta E hacienda q sumag. senalarey fuere servido senalar y consinar al dho constituyte por lo q asu le debe asu senoria Reynos y senorios despana E napoles y de portugal como en ytalia y deellos y en razon dello pediry acetar y alcancar y sacar desu mag. y desus Prendentes E thesoreros E ministros a ello, espressam.te sometidos E a someter y en el y sus preuilegios o les quer contratos y contratos y cedulas y otras qualesquer escrituras E documentos y resguardos q necessarios fueren E pertenecieren, E para q puedan pedir y demandar auery rescebir de los tesoreros recebidore pagadores y ministros officiales E personay personas que por su mag. lo ouiere de dar y pagar las rentas corridas y por correr de los ddos Juros y censos q su mag. me abra senalado. y senalare, y cal do dco quito y dco del rrecibo dar carta de pago en forma, E para generalmente haber tratary autuar sobre y en razon de losusoddo y delo deello resultantes emergentes y aello anexos y apendentes Todos E qualesquer otros autos E deueres y diligencias Judiciales y extrajudiciales q seany fueren necessarias E asi requeridas dese haber enellos y para ello y el dho Consti tuyente mismo haria trataria y autuaria estando. presente en psona aunq para ello o cosay parte alguna dello fuesse requerido su presencia personal o mandado mas especial de lo q laquiba exprimido que quan cumplidoy bastante poder para ello es necessario el dho Constituyente mismo lo ha tiene otro tal y tan cumplidoy esemismo doy da a los ddos Alonso y fernando diaz deaguilar y a qualquier dellos y aquien sostituyeren con todas sus incidencias y dependencias anexidades y conexidades con libre y general administracion y para auer por firme y valedero este dho poder y todo lo q en virtud del fuere hecho cobrado y autuado. sinyr ni haber en contrario en tiempo mporia E manera beneficio o remedio alguno se obligo el dho Constituyente con su persona y bienes qualesquiera muebles E raizes auidos y por auer, que fue fecho enla dda ciudad deamberes siendop presentes