N#2468
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- 4 August 2026 1.44 pm
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- 4 August 2026 1.44 pm
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1644 a primº. de abril en madrid 500 ducados de a 92 gd. el ducado Al vsado pagara Vm. por esta mi prª. Letra de Cambio al Sr. Juº. de Silua de Lisboa y ausente al Sr. Bento rodriguez de lixª. quinientos ducados de a nouenta y dos gs. y uessos por cada ducado por la Valor reciuidda en Contado del dho Sr. Juº. de Silua de Lisboa y pongalos Vm. Como Le auiso y Pro con todos Bartolome Villa = al Sr. Batta. Villa, Amberes. = En la Ciudad de Amberes a Veynte y Cinco dias del mes de mayo de mil y seyscientos y quarenta y quatro años, Ante mi El notario y Escrivº. puº. y Los testigºs. yuso nombrados parecio Ante el Sr. Bento Rodriguez de lisboa, negociante y residente. en esta dha ciudad a quien doy fee qe. Conosco, El qual presentando por mi El pnte escriuano publico a Juº. Batta. Villa, La Letra de Cambio original de que El tenor ariba Va inserto requirio del acetacion de dha Letra Con promesa de pagar a sutiempº. La Suma En Ella Contenida Protestando riçdª. a lo qual El dho Juº. Batta. Villa dixo, que no acetaua La dhas lra por falta de Auiso = La qual respuesta Entendida por El dho Sr. Bento rodriguez de Lisboa, dixo que persistia y persistio por El dho su protesto y requirio auto por testimonio, Testigºs. que fueron pntes Pedro fquint y Juº. le Rousseau hijo de Juº. Vezinos y moradores desta dha ciudad [sign] + 168 Sepan quantos Esta Carta vieren Como nos Antonio Rodriguez franco negociante y residte. En esta ciudad de Amberes y doña Monica de la Canz marido y muger Legitimos deçimos y otorgamos que en la mejor forma y manª. que de derº. mas aya Lugar hemos dado y por los pnte damos y otorgamos a Simeon hijo de gracia nra esclaua nacido En la Bahia de Todos los Santos Libertad cumplida y absoluta y tal qual de derº. se requiere y le manu metemos desde agora pª. siempre absoluendole y Liberandole de toda la Jurisdicion, facultad, y Dominio condicion y gravamen y derº. de sugeçion que sobre Es dho Simeon tenemos y en qualqra. manera podemos tener En razon de ser dho Esclauaje sin que nos y nros herederos mas nos reservamos sobre El ni sus sucessores qualqr. poder o facultad de hazer Les seruir y trabajar En qualqra. forma que sea, restituyendole En su primera Libertad pª. que aya y tenga administracion gnal de toda su hacienda y disposicion de Ventas Enagenacion y otra qualqra. negociacion, de la misma manera Como si fuera nacido de padres Libres y ingenuos requiriendo a qualqr. Juezes y Justicias de su Magd. y otros a quien de Conosçer de dello aperteneciere y mandando a nros herederos y sucessores para que reconoscan al dho Simeon por hombre Libre