N#3592

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4 August 2026 2.08 pm
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4 August 2026 2.08 pm

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todos los autos y diligencias Judiciales y Extra Judiciales que necessarias sean y que yo mismo haria y podria ha cer de realidad hasta tanto que la dsa suma se cobre entera mte la qual junt con el dso bellete doy cedoy traspasse de de agora pa siemp ala dsa, ma Robertina de maeda ya quien su podero ancion tubiere y le hago sra actora procuradora en su fho y ca propia pa q lo pida y cobre para el auanco y fabrica de yglesia del dso monasterio de corte eclo en dsa gante ala ql y glesia hago donacion del dso alcance de los dso ciento y sesenta y dos escudos de a diez reales y quarent y dos placas en dsa del adelantado y para auer pr firme y baledero pa siempre y nrebocablemte este dso pod y traspasso y nrebocable en causa propia obligo a mi mismo ya mis bienes muebles y raizes auidos y pa au y en firmeza dello otorgue esta escrita ante Gyles band bossche escriuo. puco por sus Altezas sermas y en esta ciu de Enberes y los tos de yuso escritos q fue fha y otorgada dsa Enberes a quatro dias del mes de Julio de mill ey cientos y ocho años siendo tos dello gar duborry her man neses moradores en dsa Enberes y el dso otorgte aqu doy fe yo el dso escriuo q lo nosco lo firmo de su mo en el registro. Fr. Alo de jacobo + [191] Sepan quantos esta carta vieren como en quatro dias del mes de Julio de mill seyscientos y ocho años En presencia de mi giles banden bossche escriuo puco por sus Altezas sermas en esta ciudad de enberes del ducado de brabante y de los testigos de yuso escritos Parescio presente francisco falero. Sombre pardo de edad de dize y seis o de reynta años aun poco mas o menos estante al presente en esta ciudad de enberes y dixo q Antonio falero de bien de funto q Dios aya. dexo por su testamento al declarante vna manda de seyscientos mill reis moneda de portugal por de nando a la santa misericor dia de la ciudad de lisbona (ala qual el dso Antonio falero de bien dexo por su vniuersal heredero) para q diesse al dso declarante la dsa suma, y para la cobrança della el dso francisco falero declarante doy dexopoder a luys Rodrigues de paina para los cobrar de la dsa misericordia de lisbona. El qual poder el dso declarante y todo lo q el dso luys Rodrigues de paina ha hecho en virtud del y hiziere ha aprobado ratificado y confirmado y por esta aprueba ratifica y confirma y si necessarios es lo day otorgade nueuo al dso luys Rodrigues de paina para pedir y cobrar los dso seyscientos mill reis de la dsa casa de misericordia de lisbona y de quien lo hubiere de dar y pagar, A buena quenta de la qual suma el dso luys Rodrigues de paina por acomodar y hazer buena obra al dso declarante le d w en dsa de lisbona ha bien do mill reis de dsa moneda de portugal por sor de rey quenta del señor Andrefalero Residente en esta ciudad de enberes, de q el dso declarante se doy y otorgo al dso luys Rods de paina vna escritura de oblygacion, Por el